Los bancos tendrán que informar a las autoridades financieras sobre los créditos hipotecarios que se encuentran en cartera vencida, así como los que están en condiciones de terminación anticipada de los programas hipotecarios.
La SHCP publicó en el Diario Oficial de la Federación las reglas de registro contable; así como los requerimientos de información y auditoría con relación a la operación del "Convenio para extinguir anticipadamente los programas de apoyo para deudores" que los bancos tendrán que entregar a la dependencia.
Según la SHCP, los bancos deberán entregar a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores la información por cada uno de los créditos susceptibles de participar en el Esquema de Terminación Anticipada al cierre de junio de este año, clasificándolos por fideicomiso, o en su caso, señalar si están en moneda nacional.